Honduras aprueba penas de hasta cadena perpetua contra las maras y amplía las facultades de seguridad

El Congreso aprobó la reforma con 118 votos a favor y 10 abstenciones. Incluye penas más severas, allanamientos urgentes sin orden judicial previa y mayores controles penitenciarios. El decreto entrará en vigor cuando se publique en el diario oficial La Gaceta.

El Congreso Nacional de Honduras aprobó una reforma que contempla penas de hasta prisión perpetua para determinados delitos relacionados con maras, pandillas y otras estructuras criminales organizadas. El paquete también modifica procedimientos de investigación y establece nuevas restricciones en establecimientos penitenciarios.

La iniciativa recibió 118 votos a favor y 10 abstenciones de diputados del Partido Libertad y Refundación (Libre), según informó el presidente del Legislativo, Tomás Zambrano. La aprobación se realizó este martes con dispensa de dos debates, después de un dictamen favorable emitido el 27 de octubre de 2026.

Qué cambia con la reforma aprobada por el Congreso

La denominada Ley Especial para el Fortalecimiento del Marco Penal y Procesal en el Combate a Asociaciones Terroristas, Maras y Pandillas modifica el Código Penal, el Código Procesal Penal y la legislación penitenciaria. Su objetivo declarado es reforzar la investigación, persecución y sanción de estas organizaciones.

El texto también busca combatir los mecanismos de intimidación y control territorial utilizados por las estructuras criminales. Entre sus disposiciones figuran la prisión preventiva obligatoria, la ampliación de determinados plazos de detención y la creación de una fuerza especializada para módulos de máxima seguridad.

Los cabecillas y financistas podrían recibir prisión perpetua

Uno de los principales cambios afecta al artículo 587 del Código Penal. La reforma establece penas de 30 a 40 años de prisión para integrantes de asociaciones terroristas, mientras que cabecillas, directivos, promotores y financistas podrían recibir condenas de 40 años hasta prisión perpetua, bajo las condiciones previstas.

También contempla prisión perpetua para quienes asesinen a integrantes de instituciones del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad o del sector justicia cuando el crimen esté relacionado con su función, cargo o condición. Para determinados atentados cometidos por miembros de estas estructuras se establecen penas de ocho a diez años.

Los tatuajes podrán valorarse como evidencia con respaldo especializado

La normativa incorpora tatuajes, signos, símbolos y expresiones visuales características como posibles elementos para acreditar la pertenencia a estas organizaciones. Su utilización deberá sustentarse en peritajes especializados o matrices de asociación reconocidas por las autoridades competentes, conforme a las disposiciones aprobadas.

Además, se establecen penas de 30 a 40 años para quienes elaboren, difundan o coloquen grafitis y mensajes vinculados con amenazas, intimidación o control territorial. Estas sanciones corresponden a conductas que encajen en los supuestos de la ley, no a cualquier expresión gráfica.

La prisión preventiva será obligatoria para determinados imputados

Las personas imputadas por asociación terrorista deberán cumplir prisión preventiva sin posibilidad de sustituirla por otras medidas cautelares, según el texto aprobado. Su permanencia estará prevista en establecimientos o módulos de máxima o alta seguridad durante el proceso correspondiente.

La revisión de estas medidas quedará excepcionalmente excluida, salvo situaciones debidamente acreditadas. La disposición introduce así restricciones tanto sobre las alternativas a la prisión preventiva como sobre las condiciones en que podrá revisarse la medida.

El plazo para presentar a ciertos detenidos se amplía a 48 horas

La reforma amplía a 48 horas el plazo para poner a disposición del juzgado competente a personas detenidas por asociación terrorista, tráfico de drogas, secuestro y extorsión. La medida se fundamenta en la complejidad de las investigaciones relacionadas con estos delitos.

El paquete también contempla allanamientos sin orden judicial previa en situaciones de urgencia y bajo las condiciones establecidas en la normativa. Esta facultad forma parte de los cambios destinados a ampliar la capacidad de actuación de las autoridades durante investigaciones urgentes.

Una fuerza especial custodiará los módulos de máxima seguridad

En el ámbito penitenciario, se dispone la creación de una Fuerza Especial Penitenciaria. Sus funciones incluirán la custodia de los módulos de máxima seguridad, la ejecución de traslados de alto riesgo y la respuesta ante motines o intentos de fuga.

También será obligatoria la identificación biométrica de privados de libertad, visitantes, abogados defensores y personal institucional que ingrese o salga de estos módulos. Para los reclusos sujetos al régimen especial se prevén reglas de presentación personal, registro de tatuajes existentes y prohibición de realizarse nuevos.

El uso de drones sobre las cárceles tendrá sanciones penales

Volar drones sin autorización sobre centros penitenciarios y otros recintos de internamiento será sancionado con cuatro a seis años de prisión. La disposición incorpora un control específico sobre estos dispositivos en espacios destinados a la custodia de personas.

Cuando los drones se utilicen para introducir o extraer objetos, sustancias o dispositivos prohibidos, las penas serán de seis a ocho años. La reforma diferencia así el sobrevuelo no autorizado de su empleo para trasladar elementos restringidos.

Las autoridades podrán retirar símbolos vinculados con las pandillas

La ley autoriza a la Policía Nacional, la Policía Militar del Orden Público, las policías municipales y otros cuerpos de seguridad a eliminar grafitis, dibujos y símbolos vinculados con estas organizaciones. En bienes públicos y espacios de libre acceso podrán actuar de oficio o por denuncia, sin orden judicial previa.

En propiedades privadas, los propietarios, poseedores o administradores tendrán un máximo de 24 horas para retirar esas expresiones. Si incumplen, las autoridades podrán borrarlas o destruirlas, dejando constancia escrita o fotográfica de la intervención realizada.

La norma prohíbe reinstalar los símbolos retirados

Las disposiciones también prohíben volver a colocar las expresiones eliminadas. Según el texto aprobado, las intervenciones efectuadas dentro de los límites legales no generarán responsabilidad civil, penal o administrativa para los agentes que participen.

Zambrano sostuvo que las reformas buscan recuperar la seguridad en barrios y colonias mediante una respuesta institucional más contundente. Además, anunció reuniones periódicas para evaluar los resultados de las medidas y presentar informes sobre su aplicación.

Cuándo entrarán en vigor las nuevas disposiciones

El decreto entrará en vigor con su publicación en el diario oficial La Gaceta. La aprobación legislativa constituye el paso informado, mientras que el inicio de su aplicación queda sujeto a esa publicación.

Desde la entrada en vigor, el Poder Ejecutivo tendrá un plazo máximo de 30 días calendario para adecuar los reglamentos penitenciarios. Esa actualización deberá incorporar los cambios previstos para el funcionamiento y los controles del sistema carcelario.

Fuente: Infobae

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